Fiscal
Modelo 130 IRPF trimestral 2026
El Modelo 130 es la autoliquidación trimestral del pago a cuenta del IRPF. Los autónomos ingresan cada trimestre una parte de lo que previsiblemente deberán en la declaración de la renta, para que la cuota anual no les llegue de golpe. El cálculo parte de los ingresos y gastos del trimestre, no de lo cobrado en el año completo.
Guía editorial independiente: confirma siempre plazos, porcentajes y obligaciones en la Sede Electrónica de la AEAT o con tu asesoría fiscal.
Qué es el Modelo 130 y quién debe presentarlo
Qué es el Modelo 130
El Modelo 130 es el pago fraccionado del IRPF que presentan los autónomos que determinan sus rendimientos de actividades económicas por estimación directa (normal o simplificada). Con esta declaración ingresas por adelantado parte del IRPF que previsiblemente corresponderá al ejercicio, y el total pagado se descuenta en la declaración de la renta del año.
Quién está obligado
Deben presentar el Modelo 130:
- Autónomos persona física en régimen de estimación directa que ejerzan una actividad económica.
- Sociedades civiles e IRPF en atribución de rentas cuyos socios tributen en el IRPF y determinen sus rendimientos por estimación directa.
No presentan el 130:
- Autónomos en estimación objetiva (módulos): presentan el Modelo 131.
- Sociedades mercantiles (SL, SA): tributan por Impuesto de Sociedades y no presentan el 130.
- Autónomos que solo tienen rendimientos de trabajo, capital o ganancias patrimoniales.
Por qué hay cuatro pagos al año
El IRPF se liquida una vez al año en la renta, pero Hacienda exige ingresos anticipados cada trimestre para repartir la carga. Lo que pagas por el Modelo 130 no es un impuesto aparte: es el IRPF por adelantado. Si en algún trimestre no hay beneficio, el pago es cero; no se ingresa por ingresar.
Plazos de presentación del Modelo 130 en 2026
| Trimestre | Periodo | Fecha límite de presentación |
|---|---|---|
| 1º trimestre | enero-marzo | Hasta el 20 de abril de 2026 |
| 2º trimestre | abril-junio | Hasta el 20 de julio de 2026 |
| 3º trimestre | julio-septiembre | Hasta el 20 de octubre de 2026 |
| 4º trimestre | octubre-diciembre | Hasta el 30 de enero de 2027 |
Si la fecha límite cae en sábado, domingo o festivo nacional, se traslada al siguiente día hábil. En 2026, el 20 de abril y el 20 de julio son lunes hábiles.
Cómo calcular el pago fraccionado paso a paso
Paso 1: Reúne los ingresos y gastos del trimestre
El Modelo 130 se calcula con datos del propio trimestre:
- Ingresos íntegros del trimestre (casilla 01): todas las facturas emitidas y cobros computables, sin incluir el IVA.
- Gastos deducibles del trimestre (casilla 02): compras, suministros, alquileres, cuotas de autónomos, amortizaciones, seguros y otros gastos del ejercicio necesarios para la actividad.
Paso 2: Obtén el resultado base (casilla 05)
Resta los gastos a los ingresos y aplica las correcciones del trimestre. El resultado es la casilla 05 (resultado de la cuenta de pérdidas y ganancias), que es la base del pago fraccionado.
Paso 3: Aplica el porcentaje
Sobre la casilla 05 se aplica el 20 % (porcentaje general del IRPF para pagos fraccionados de actividades económicas). La cuota resultante es lo que te corresponde ingresar a cuenta antes de retenciones.
Paso 4: Resta retenciones e ingresos a cuenta
De la cuota anterior se descuentan las retenciones del IRPF que te han practicado en el trimestre, por ejemplo las de arrendamientos de local o las de facturas de otros autónomos o profesionales.
Paso 5: Ingresa o deja a cero
Si el resultado es positivo, ese es el importe a ingresar. Si es negativo o cero, la casilla queda a cero: no tienes que pagar y el saldo negativo se puede compensar en los pagos siguientes del ejercicio.
Paso 6: Presenta en la Sede Electrónica
Entra en la Sede Electrónica de la AEAT, apartado de pagos fraccionados (Modelo 130), con certificado electrónico, Cl@ve o número de referencia. La presentación es telemática y, si sale a ingresar, el pago se domicilia en el mismo acto con el cargo en cuenta.
Para llevar
- El Modelo 130 es el pago a cuenta trimestral del IRPF de los autónomos en estimación directa.
- La base es el resultado del trimestre (casilla 05) y sobre ella se aplica el 20%.
- Si el trimestre no da beneficio, se presenta a cero, sin pagar.
- Se presenta cuatro veces al año: abril, julio, octubre y enero, siempre en la Sede Electrónica.
Antes de presentar el Modelo 130
- ¿Tienes todas las facturas emitidas del trimestre sin IVA incluidas como ingreso?
- ¿Has sumado todos los gastos deducibles, incluidas cuotas de autónomos y amortizaciones?
- ¿Tienes anotadas las retenciones de IRPF que te han practicado (alquiler de local, facturas de profesionales)?
- ¿Tienes tu certificado digital, Cl@ve o número de referencia a mano?
- ¿Tienes el IBAN de la cuenta donde quieres el cargo?
Preguntas frecuentes sobre el Modelo 130
¿Qué pasa si el resultado del Modelo 130 es negativo?
El pago fraccionado queda a cero: no tienes que ingresar. El saldo negativo se puede compensar en los pagos fraccionados siguientes del mismo ejercicio para reducir la base positiva de los próximos trimestres.
¿Quién presenta el Modelo 131 en vez del 130?
Los autónomos en estimación objetiva (módulos) presentan el Modelo 131, que se calcula según los datos fiscales del módulo, no según su cuenta de pérdidas y ganancias. El 130 es exclusivo de la estimación directa.
¿Qué pasa si no presento o pago fuera de plazo el Modelo 130?
Si no presentas, la AEAT puede requerirte la declaración. Si presentas fuera de plazo sin requerimiento, se aplica un recargo del 1% al 20% según la demora; con requerimiento previo sube al 20% y puede sumar intereses de demora. Si presentas a cero, el plazo de envío se cumple igualmente.
¿El porcentaje del pago fraccionado es siempre el 20%?
El porcentaje general es el 20% sobre el resultado de la casilla 05. Es el tipo que usa la mayoría de autónomos en estimación directa; el propio formulario lo muestra predefinido y solo debe modificarse si aplica tu situación específica.
¿Tengo que presentar el Modelo 130 si acabo de empezar mi actividad?
Sí, si determinas tus rendimientos por estimación directa estás obligado desde el primer trimestre. Las ventajas del inicio de actividad (como la cuota reducida de autónomos o el IRPF por estimación directa) no eliminan la obligación de presentar el pago fraccionado.
¿Dónde puedo comprobar que mi pago se ha registrado?
Al presentar el Modelo 130 en la Sede Electrónica recibes un justificante con número de referencia y fecha. Puedes consultar tus declaraciones presentadas en tu expediente de la AEAT con tu certificado o Cl@ve.
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Referencias
Fuentes y referencias
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